El Reglamento General de Protección de Datos – RGPD UE 2016/679 establece por incumplimiento de las obligaciones dispuestas en la norma europea multas administrativas de hasta 20.000.000 € como máximo o, tratándose de una empresa, de una cuantía equivalente al 4% como máximo del volumen de negocio total anual global del ejercicio financiero anterior, optándose por la de mayor cuantía.
Incumplir la ley en este aspecto, sencillamente no es una opción.